Imagine usted distinguido lector que, repentinamente, y como resultado lógico de un genuino interés de justicia social, la ciudad de San Luis Potosí amanezca con la preocupante noticia de que un ciudadano, con el carácter de quejoso, ha promovido el amparo y la protección de la justicia de la Unión, invocando supuestas omisiones que desde su perspectiva, son atribuibles al Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana, identificado comúnmente como el CEEPAC, a quien se señala como Autoridad Responsable, por actos relacionados con el procedimiento iniciado en el Congreso del Estado para la municipalización de lo que hasta hoy conocemos como la delegación de Villa de Pozos.
Sí, Villa de Pozos, ese atractivo lugar para la agricultura, para la industria, para el comercio, para la recreación y para el descanso; ese centro de población que conserva su esencia, su tradición, y su identidad cultural, pero que crece exponencialmente; esa demarcación territorial que a la vista de cualquier visitante se encuentra en franco desarrollo; nuevamente ha saltado al escenario del debate político, por una sencilla razón, por la “osadía ciudadana” de solicitar formalmente que se le otorgue la categoría de municipio.
Y entonces, todos los reflectores se enfocaron hacia Villa de Pozos, y naturalmente, por el motivo que usted guste, en el resto de la capital potosina surgió el nerviosismo, la preocupación y hasta el insomnio, para que todo aquello que tuviera relación con el procedimiento de municipalización, cumpla estrictamente con lo que dictan las leyes aplicables, y para que produzca certeza en la opinión pública.
Tanto ha preocupado el tema, que a la fecha se anuncia con enérgico ímpetu cívico, una lluvia de amparos para frenar un procedimiento que no inició por decisión unilateral del CEEPAC, que tampoco inició por simple ocurrencia del Poder Legislativo, sino que, deriva de una legítima y auténtica petición ciudadana, porque eso de “presuntos ciudadanos que presuntamente residen en Villa de Pozos”, es una innecesaria descortesía y una reprobable falta de respeto, para los promoventes de la solicitud de municipalización, a quienes no se les debe regatear sus derechos y garantías.
Sí, porque tal parece que nos hemos olvidado que, los primeros ciudadanos a quienes se les debe respetar los derechos y procurar las garantías contenidas en la Constitución Política Federal y en la Constitución Política Local, así como en la Ley Orgánica del Municipio Libre y en la Ley de Referéndum y Plebiscito, ambas del Estado de San Luis Potosí, y en cualquier otra disposición legal o convencional, son los ciudadanos promoventes de la municipalización.
Sí, porque también se debe abogar por los ciudadanos promoventes de la municipalización, ya que, sin duda, por su travesía legal plasmada en expedientes sustanciados en el más alto nivel jurisdiccional, y por su activismo histórico documentado en los medios de comunicación durante décadas, ellos son los principales interesados en que, durante todo el procedimiento, las autoridades competentes cumplan estrictamente con lo que dictan las normas jurídicas aplicables, porque son los voceros del sentir popular de toda una comunidad, a la que tienen la obligación moral de rendir un resultado favorable.
Pero no cabe duda, que la civilidad con la que se ha conducido el conglomerado de ciudadanos que residen en Villa de Pozos y que están a favor de la municipalización, obedece a la confianza depositada en los integrantes de la LXIII Legislatura del Estado, y en los integrantes del Organismo Público Local Electoral, quienes se han conducido con total transparencia, y prueba de ello, son los micrositios que ambas autoridades han puesto a disposición de todo interesado en el tema, de todos aquellos que están preocupados por la transparencia, la legalidad y la certeza en el procedimiento de municipalización de Villa de Pozos, y que usted amable lector puede consultar en los siguientes enlaces:
http://congresosanluis.gob.mx/sites/default/files/Banners/VillaPozos/Web/index.html
http://plebiscito.ceepacslp.org.mx/
Paradójicamente, los ciudadanos que, en la vía mediática o en la vía judicial, han manifestado su preocupación por el municipio de San Luis Potosí, y se han pronunciado abiertamente por la suspensión del procedimiento de municipalización de Villa de Pozos, y carecen de datos precisos, o no cuentan con los argumentos idóneos para justificar su postura, o no acreditan la vía, o la personalidad, o en su caso, el perjuicio, las afectaciones, los agravios, o los conceptos de violación, hacen ver por un momento, a la denominada Capital del Sí como la Capital del No.
Usted amable lector, debe tener presente que cuando se plantea la interposición de una demanda de amparo en contra de un acto de autoridad, el impacto mediático puede ser bastante rentable, incluso cuando se está consciente de la alta probabilidad de ser bateado en la primera oportunidad, cuando por ser notoriamente improcedente, el juicio es desechado de plano.
Tal vez por eso, los promoventes de la municipalización han dejado al margen este tipo de expresiones que inexplicablemente se oponen a su petición, ya que nada le aportan al procedimiento, y de forma inteligente, se han concentrado en cada una de las etapas que le van dando cauce a lo que puede concluir en la creación del nuevo municipio, aún y a pesar de que, los detractores de su causa anuncian con vehemencia una intensa lluvia de amparos.