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lunes, diciembre 23, 2024

TRABAJADORES SINDICALIZADOS SIN SERVICIO DE HOSPITALIZACIÓN DE URGENCIA

Las y los empleados estatales sindicalizados del Gobierno del Estado no tienen acceso a los servicios privados de hospitalización de urgencia, a los estudios de rayos equis, y a los de ultrasonido, porque las empresas proveedoras los han suspendido, denunció el Comité Ejecutivo del Sindicato Independiente de Trabajadores y Trabajadoras de Gobierno del Estado (SITTGE).

Aparentemente el gobierno estatal no ha pagado adeudos a los proveedores de tales servicios, sin que se haya informado de manera oficial por parte del Poder Ejecutivo del Estado la razón del cese de las referidas prestaciones, por lo que, de ser necesarias utilizarlas, tendrían que pagarlas las y los empleados estatales sindicalizados.

Ante una situación médica de emergencia, las y los trabajadores sindicalizados del Gobierno del Estado están en desprotección de su salud y de su economía, porque de manera unilateral, la Oficialía Mayor ha suspendido los servicios privados de hospitalización, estudios de rayos equis y de ultrasonido, denunció el Comité Ejecutivo del Sindicato Independiente de Trabajadores y Trabajadoras de Gobierno del Estado (SITTGE).

Por lo que actualmente, en caso de requerir la internación y los referidos estudios, el costo de tales servicios tendrá que correr a cuenta del bolsillo de la misma empleada, o empleado estatal, aunque tales atenciones médicas forman parte de las prestaciones con las que cuenta tal personal referido, sin que se haya dado informado oficialmente la razón de la cancelación, que directamente les perjudica, precisó el SITTGE.

Por lo que el organismo gremial denunció que el Poder Ejecutivo del Estado viola los artículos 21, 22, 37 y 101 de la Ley de los Trabajadores al Servicio de la Instituciones Públicas del Estado, los que señalan que la parte patronal debe obligatoriamente proporcionarles servicios de protección a su salud, hospitalización, medicamentos y estudios necesarios, además de infringir otras normas.

Pues el Sindicato refirió que el gobierno estatal también incumple con el artículo cuarto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el cual define el derecho a la protección a la salud de la población, y también incumple con el artículo 123 de tal normatividad, que establece la obligación del patrón a garantizar la salud de los trabajadores, igualmente se violenta lo que marca la Ley Federal del Trabajo en tal rubro.

Además de incumplir con el Convenio 111 de la Organización Internacional del Trabajo, acuerdo firmado por México con igual importancia que la Constitución, que refiere el no discriminar al trabajador por cuestiones de salud, detalló el organismo gremial al destacar que tal omisión del Gobierno del Estado, puede equipararse al delito de abandono de personas, y tal autoridad será responsable de los daños, o muerte, que puedan sufrir las y los empleados afectados, sí no reciben la hospitalización urgente y los servicios referidos.

Por lo que el Comité Ejecutivo del Sindicato hizo un llamado al Gobernador, Ricardo Gallardo Cardona y al Oficial Mayor, Noé Lara Henríquez para que regularicen la situación financiera de la prestación de los servicios médicos referidos a la brevedad, porque los afectados no solamente son las y los trabajadores estatales sindicalizados, sino también sus familiares directos que están amparados por tal prestación médica.

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