Con el propósito de crear un Padrón Estatal de Deudores Alimentarios Morosos, la diputada Lidia Nallely Vargas Hernández, presentó ante el Pleno del Congreso del Estado, iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones en materia familiar.
Explicó que el Padrón de Deudores Alimentarios Morosos, estará bajo el control y organización del Registro Civil, con colaboración y mandato de los Jueces en materia familiar del Estado con la finalidad de contar con un sistema de datos fehaciente que recabe la información de aquella persona o personas que incumplan con la obligación de proporcionar alimentos a favor de sus acreedores.
Explicó que, los alimentos tienen el carácter de prioridad, por ello la garantía de protegerlos es de vital importancia para una niña, niño, adolescente o adulto mayor que lo necesite, pues de no recibirlos su subsistencia corre peligro al no poder desarrollarse en la medida de lo posible.
Vargas Hernández dijo que, la creación del Padrón de Deudores Alimentarios Morosos, tendrá dos enfoques para hacer cumplir con los alimentos, el primero es el social, pues si una persona se encuentra inscrito en el mismo sentirá la necesidad de pagar su obligación con tal de eliminar su registro, tal como sucede con las Instituciones Bancarias con el conocido “buró de crédito”.
El segundo enfoque, es el jurídico, ya que es más sencillo para las autoridades jurisdiccionales verificar las determinaciones que se emitan en el tema alimentario.
La legisladora explicó que, para contraer nupcias se propone presentar ante el oficial del Registro Civil el certificado expedido con los datos del Padrón que se propone crear, los contrayentes podrán tomar una mejor decisión al momento de continuar con la celebración; asimismo, si existe una persona con intensión de casarse y que al mismo tiempo se encuentre registrado en el Padrón, se verá en la necesidad, al menos moral y social, de cumplir con sus obligaciones para eliminar su registro.
Se contempla que dicho Padrón quede bajo el cargo de la Dirección del Registro Civil del Estado, mismo que habrá de inscribirse en el a aquellas personas que dejen de cumplir con sus obligaciones alimentarias por más de 60 días, siendo el órgano jurisdiccional el facultado de ordenar el registro y, en su caso, ordenar al Registro Público de la Propiedad para que realice las anotaciones correspondientes el los folios oficiales del deudor.
La propuesta se encuentra bajo estudio en comisiones para ser discutida y votada posteriormente por el Pleno del Poder Legislativo.